En MGR te mantenemos actualizado y queremos contarte de las últimas noticias del Poder Ejecutivo, esto es el Acuerdo Ministerial No. MDT-2024-301, dado el 17 de diciembre de 2024 en la Ciudad de Quito por la ABG. Ivonne Nuñez Figueroa. Acompáñanos en este Legal Time y veamos de qué trata:
- ¿En qué consiste el Acuerdo Ministerial No. MDT-2024-301?
El presente Acuerdo Ministerial, tiene como fin fijar los sueldos y salarios mínimos sectoriales y a su vez, las tarifas para el sector privado en diferentes comisiones sectoriales.
- Entonces, ¿Cuáles son los incrementos en los sueldos y salarios sectoriales?
A partir del 01 de enero del 2025, deberá aplicarse el incremento porcentual a los sueldos y salarios mínimos sectoriales y a las tarifas para el sector privado, que constan en las comisiones sectoriales. Este será de 2,174% respecto a los del año 2024.
Es importante destacar que, para efectos del pago de sueldos y salarios mínimos sectoriales y las tarifas en jornada nocturna se aplicará lo establecido en el artículo 49 del Código del Trabajo. Toma en cuenta que la denominación del cargo y la actividad que realizan debe ser específica, ya que esta debe constar en el contrato de trabajo y sus actividades se regirán entorno a este.
- ¿Qué pasa si mi actividad de trabajo no se encuentra contemplada en las estructuras ocupacionales?
Bajo ninguna circunstancia, los sueldos y salarios mínimos serán inferiores a las establecidas en el Acuerdo Ministerial en cuestión (MDT-2024-301). Aplica esta misma disposión en caso de existir cargos que no se encuentren contemplados en las estructuras ocupacionales.
- ¿Qué obligaciones acarrea el Acuerdo Ministerial con los empleadores?
Los empleadores deberán realizar una solicitud incluyendo un informe técnico justificativo dirigido a la Dirección de Polítia Salarial del Ministerio del Trabajo hasta el 30 DE JUNIO DEL 2025, para que esta entidad analice la inclusión de cargos no ccontemplados en las Comisiones Sectoriales y apruebe respectivamente las actividades que se desarrollarán en el año 2025.
- Disposiciones
Finalmente, este Acuerdo Ministerial señala, como Disposición General, tomar en consideración el anexo 1 que se adjunta al mismo, referente a los “Salarios Mínimos y Tarifas 2025”; y, como Disposición Derogatoria, prescindiendo del Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2023-180 de 22 de diciembre de 2023 y las demás disposiciones reglamentarias que se opongan al presente Acuerdo Ministerial y por último, en su Disposición Final, refiriendo que el presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir del 01 de enero del 2025, recordando su obligatoriedad y requisitos.
Hemos llegado al final de este Legal Time, pero no sin antes agradecerte por acompañarnos en esta nutritiva aventura de análisis y actualización de nuestra realidad social ante el Ministerio del Trabajo y sus nuevas reformas. Recuerda que estos beneficios son de obligatorio cumplimiento a partir del 01 de enero del 2025, indiferentemente si tu actividad de trabajo consta en las estructuras ocupacionales de trabajo. Y a ti, ¿Qué te parecen estas nuevas medidas para el sector Laboral?
En MGR-EC estamos para servirte, ya seas empleador o empleado, somos un equipo de vanguardia con personal minuciosamente calificado para realizar las gestiones que dispone este Acuerdo Ministerial de la mejor manera. ¿Tienes empleados con actividades distintas a las de la estructura ocupacional? ¡No dudes en contactarnos!
Realizado por: Carlos Eduardo Castro Guevara