- Que se sustituya la tabla del artículo 1 de la Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000063 la cual trata acerca del porcentaje de retención de IVA en los derivados del petróleo, por la siguiente
Derivados del Petróleo | Porcentaje de Retención de IVA |
Gasolina Súper | 9,5 % |
Gasolina Extra o Ecopaís | 2,0 % |
Diesel | 2,0 % |
- El porcentaje de retención de IVA para la Gasolina Súper pasa de un 13% que tenía previamente a 9,5%.
- El porcentaje de retención de IVA para la Gasolina Extra o Ecopaís pasa de un 5,85% que tenía previamente a 2,0%.
- El porcentaje de retención de IVA para el Diesel pasa de un 4 % que tenía previamente a 2,0 %.
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Cualquier duda adicional general o respecto del presente TAX TIME poner bajo nuestro conocimiento para absolverla a la brevedad posible.
MGR-EC MUÑOZ, GUERRA & ROBLES CONSULTORES Y AUDITORES