Estimados clientes y amigos:
El pasado 29 de diciembre del 2022, se publicó en el Segundo Suplemento No. 219 del Registro Oficial la Resolución Nro. NAC-DGERCGC22-00000063; en este instrumento, el Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció las tarifas específicas del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) aplicables en el periodo fiscal 2023.
Al respecto:
- Las tarifas específicas señaladas en el artículo 82 de la Ley de Régimen Tributario Interno, que aplicarán para el cálculo del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) en el período fiscal 2023, son:
DESCRIPCIÓN | TARIFA ESPECÍFICA |
Cigarrillos | US $ 0,17 por unidad |
Alcohol (uso distinto a bebidas alcohólicas y farmacéuticos) y, bebidas alcohólicas | US $ 10,36 por litro de alcohol puro |
Cerveza industrial | US $ 13,56 por litro de alcohol puro |
Cerveza artesanal | US $ 1,55 por litro de alcohol puro |
Bebidas no alcohólicas y gaseosas con contenido de azúcar mayor a 25 gramos por litro de bebida | US $ 0,19 por 100 gramos de azúcar añadida |
Fundas plásticas | USD 0,10 por funda plástica* |
Cualquier duda adicional general o respecto del presente TAX TIME poner bajo nuestro conocimiento para absolverla a la brevedad posible.
MGR-EC MUÑOZ, GUERRA & ROBLES CONSULTORES Y AUDITORES