Se publicó en el Segundo Suplemento No. 216 del Registro Oficial el CIRCULAR Nro. NAC-DGECCGC22-000000012, en este instrumento, el Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió el criterio de aplicación relativo al Artículo 10 numeral 20 de la Ley de Régimen Tributario Interno, y el artículo 28, numeral 16 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Al respecto:
§ Para el cálculo de la base imponible del impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2022:
§ No aplicará el límite de deducibilidad a la sumatoria de gastos por regalías, servicios técnicos, administrativos y de consultoría pagados por sociedades domiciliadas o no en Ecuador a sus partes relacionadas.
§ Con la salvedad de que la Administración Tributaria podrá ejercer su facultad determinadora a efectos de verificar el cabal cumplimiento del régimen de precios de transferencia y el principio de plena competencia, en especial cuando existan indicios de riesgo y se detecte un cambio de comportamiento.
§ Sobre la Absolución de Consultas de Valoración Previa:
§ Aquellas absoluciones notificadas a los contribuyentes que hayan incrementado el límite de deducibilidad en base al numeral 16 artículo 8 del RLRTI vigente hasta el 31 de diciembre de 2021, mantienen sus efectos jurídicos para el año 2022.
§ Para el cálculo de la base imponible del Impuesto a la Renta del año 2023:
§ La sumatoria de gastos, regalías, servicios técnicos, administrativos y de consultoría, pagados por sociedades domiciliadas o no en Ecuador, a sus partes relacionadas, será deducible de acuerdo con los límites previstos en el numeral 20 del artículo 28 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno vigente.
§ En este sentido, aquellos contribuyentes que requieran incrementar su límite de deducibilidad podrán presentar la correspondietne solicitud de consulta de valoración previa, hasta el último día hábil del mes de febrero de 2023.
Cualquier duda adicional general o respecto del presente TAX TIME poner bajo nuestro conocimiento para absolverla a la brevedad posible.
MGR-EC MUÑOZ, GUERRA & ROBLES CONSULTORES Y AUDITORES