Estimados clientes y amigos:
Mediante Resolución Nro. NAC-DGERCGC22-00000034, publicada en la Gaceta Tributaria Digital del SRI, el miércoles 13 de julio de 2022, se dispuso la reforma de la resolución No. NAC-DGERCGC15-00000249, sustituyendo de esta manera el artículo 3 por lo siguiente:
“Art. 3.- Ampliación de plazo. – En los casos en que los contribuyentes incurran en mora en el pago de las cuotas sujetas a facilidades de pago, y no cancelaren las mismas dentro de 20 días hábiles contados desde la fecha de vencimiento de la respectiva cuota, la Administración Tributaria ampliará de oficio dicho plazo por 20 días hábiles adicionales, para el pago del dividendo en mora según lo señala el segundo inciso del artículo 156 del Código Tributario.”
Dicha resolución será aplicable a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Cualquier duda adicional, general o respecto del presente TAX TIME poner bajo nuestro conocimiento para absolverla a la brevedad posible.
MGR-EC MUÑOZ, GUERRA & ROBLES CONSULTORES Y AUDITORES