Estimados clientes y amigos:

El Presidente de la Republica, Guillermo Lasso por medio de decreto ejecutivo No. 376 deroga un fragmento del literal c) del numeral 1 del artículo 13 del Reglamento a la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19, referente a la Sanción por declaración y pago con base a información inexacta en materia tributaria.

Originalmente, el texto señalaba lo siguiente:

“c) estos no se encuentren ni se hayan encontrado en ningún momento en países catalogados como de alto riesgo o no cooperantes, es decir, que tienen deficiencias estratégicas dentro de sus regímenes, según el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) a la fecha de publicación en el Registro Oficial de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19”.

Con la reforma del Presidente el texto quedaría de la siguiente forma:

“c) estos no se encuentren ni se hayan encontrado en ningún momento en países catalogados como de alto riesgo o no cooperantes, según el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) a la fecha de publicación en el Registro oficial de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19”.

Cualquier duda adicional general o respecto del presente TAX TIME poner bajo nuestro conocimiento para absolverla a la brevedad posible.

MGR-EC MUÑOZ, GUERRA & ROBLES CONSULTORES Y AUDITORES

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