Estimados clientes y amigos:

El motivo del presente “TAX TIME” es para poner en su conocimiento que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1240, emitido por el Presidente Constitucional de la República el 03 de febrero de 2021, se reforma el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.

El Decreto Ejecutivo Nro. 1240, se puede resumir en el siguiente contenido:

Respecto del artículo 253.30 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, referente a la declaración y pago del impuesto a la renta para el Régimen Impositivo para Microempresas, se agrega que “el crédito tributario del impuesto a la renta al que tuvieren derecho de conformidad con la normativa tributaria” será tomado en cuenta para descontarse en la liquidación de dicho impuesto.

Asimismo, se agrega una disposición transitoria que establece “regulaciones especiales y temporales para el pago de impuestos dentro del Régimen Impositivo para Microempresas”. Dentro de esta disposición se establece que quienes consten, hasta el 31 de enero de 2021, en el Catastro de Microempresas y no hayan generado utilidad, podrán pagar el impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2020 que, debía declararse y pagarse en los meses de enero y febrero de 2021, hasta el mes de noviembre del mismo año.

De igual manera, respecto del impuesto a la renta 2021 que debía declararse de manera semestral en los meses de julio 2021 y enero 2022, se podrá pagar hasta marzo de 2022.

Cualquier duda adicional general o respecto del presente TAX TIME poner bajo nuestro conocimiento para absolverla a la brevedad posible.