TAX TIME No. 15-2026

Estimados clientes y amigos:

Mediante Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000015, se regula el procedimiento para la emisión, endoso, utilización y anulación de las notas de crédito emitidas por el Servicio de Rentas Internas. A continuación, las principales consideraciones:

Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000015
Que reforma la Resolución Nro. NAC-DGERCGC21-00000051
Saldo en el estado de cuenta de título valor– Las anotaciones en cuenta derivadas de la emisión de notas de crédito desmaterializadas generan un saldo.

– Este saldo está disponible para el beneficiario en el estado de cuenta de título valor dentro del portal SRI en Línea
Extinción de obligaciones– El saldo disponible puede utilizarse para extinguir total o parcialmente obligaciones tributarias.

– La extinción se realiza a través de los canales electrónicos del SRI.
Uso de saldos disponibles– Desde el 1 de mayo de 2026, las obligaciones tributarias, incluidas multas e intereses, podrán cancelarse con saldos de notas de crédito únicamente hasta el 60% del valor total a pagar en cada declaración. El 40% restante debe pagarse mediante los medios habilitados en SRI en Línea.

– No aplica para saldos provenientes de notas de crédito del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).
– Eliminación del art. 10 que permitía afianzar el cumplimiento de las obligaciones
aduaneras con notas de crédito desmaterializadas del SRI.

Se recomienda considerar las nuevas reglas para el uso de notas de crédito desmaterializadas a fin de evitar contingencias con las obligaciones tributarias.

Si tiene alguna consulta adicional sobre este TAX TIME, estamos a su disposición.