El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) informó que, a partir del 29 de julio de 2025, será obligatorio presentar el Formulario de Registro Aduanero (FRA) electrónico únicamente para aquellas personas que ingresen o salgan del país con bienes sujetos a declaración cuyo valor sea igual o superior a USD 10.000.
Entre los bienes que deben ser declarados se incluyen: dinero en efectivo, instrumentos negociables al portador, metales preciosos, piedras preciosas y mercancías que superen o alcancen ese umbral.
El FRA es el documento mediante el cual el viajero informa a la Aduana sobre los bienes y montos en efectivo con los que entra o sale del Ecuador.
Este pronunciamiento surge como respuesta a inquietudes ciudadanas y luego de un análisis jurídico realizado por la entidad.
- ¿Quiénes deben presentarlo?:
La presentación del FRA es obligatoria para:
- Quienes ingresen al país con bienes o efectivo por USD 10.000 o más.
- Quienes salgan del Ecuador con USD 10.000 o más (en efectivo o su equivalente en otra moneda).
Este requisito aplica sin excepción para viajeros y tripulantes, sin importar el medio de transporte (aéreo, terrestre o marítimo), ni si efectivamente portan bienes sujetos a declaración.
Para evitar contratiempos, se recomienda completar el formulario antes de su viaje y tenerlo disponible al momento de pasar por Aduana.