Estimados clientes y amigos:

El 16 de mayo de 2024, el economista Damián Alberto Larco Guamán, Director General del Servicio de Rentas Internas mediante Resolución No. NAC-DGERCGC24-00000018, dictó lo siguiente:

A través de esta resolución resolvió modificar el plazo de atención procedimiento para la devolución de los valores por concepto de retención del impuesto a la renta realizada a no residentes beneficiarios de convenios para evitar la doble imposición suscritos entre Ecuador y otras partes contratantes, mediante la reforma a la NAC-DGERCGC19-00000026

Para mayor detalle:

Respecto del procedimiento para la devolución de los valores por concepto de retención del Impuesto a la Renta realizada a no residentes beneficiarios de convenios para evitar la doble imposición suscritos entre Ecuador y otras partes contratantes.

La atención a la solicitud se realizará en ciento veinte días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al de la presentación del reclamo de conformidad con lo previsto en el artículo 132 del Código Tributario.”.

Es decir, se modifica el plazo de atención de la solicitud, antes debía atenderse en sesenta días hábiles, ahora con esta reforma se realizará en ciento veinte días hábiles.

Cualquier duda adicional general respecto del presente TAX TIME poner bajo nuestro conocimiento para absolverla a la brevedad posible.