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El 03 de marzo de 2025, mediante Decreto No. 551 se expidió el Reglamento a la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador.

Puntos clave del Reglamento:

Capítulo I: Se establece que el Reglamento aplica la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico en Ecuador, siendo obligatorio tanto para los sectores público como privado. Las entidades rectoras deben implementar medidas de alivio financiero, formar mesas técnicas intersectoriales y coordinar con el ente rector de finanzas públicas cuando sea necesario.

Capítulo II: Se regula la condonación de intereses y multas por parte de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) correspondiente a los valores por incumplimiento de pagos por fecha debida, recargos, costas y todos los accesorios derivados de los tributos, lo cual se podrá aplicar hasta el 30 de junio de 2025, de igual forma, aplica la condonación de los valores correspondientes al Servicio Público para Pago de Accidentes de Tránsito (SPPAT).

Durante este periodo, para la renovación de licencias o matrículas, no será necesario pagar intereses por mora, multas por incumplimiento, recargos, citaciones de tránsito pendientes de pago ni firmar convenios, por lo que no habrá impedimento de renovación.

En el sector agro productivo, se condonarán los intereses de créditos en mora sujetos a reestructuración y refinanciamiento, con el apoyo del Ministerio de Agricultura y BANECUADOR B.P.

Capítulo III: Se regula la remisión de obligaciones vencidas gestionadas por la SENESCYT y otras entidades, las cuales se entenderán como tal cuando se encuentren en etapa administrativa de cobro, coactiva o en convenio de pago.

Esta condonación podrá solicitarse dentro de los 180 días posteriores a la fecha de vigencia de la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador, la cual será contestada de forma motivada. En caso de rechazo, se reanudará el proceso de cobro. Si dicha solicitud es resuelta favorablemente, los beneficiarios tendrán un período de gracia de 12 meses sin intereses ni recargos. Los pagos parciales a la deuda serán considerados como abono del 10% del capital de la deuda, requisito para acceder a este beneficio, en el caso de que no cubra el 10%, afectará al total de la deuda. Posterior al periodo de gracia, el beneficiario tendrá 150 días para acceder a la remisión, periodo dentro del cual podrá cancelar el restante del capital adeudado o suscribir un convenio de facilidades de pago por el capital restante adeudado.

No aplica la remisión respecto del seguro de desgravamen. De no cancelar la deuda o suscribir un convenio de pago, se reanudará el procedimiento de cobro. Además, las personas con discapacidades o enfermedades graves podrán acceder a la condonación total de su deuda.

Capítulo IV: Las entidades del sector financiero coordinarán con el ente rector de la producción y revisarán las medidas necesarias para la reprogramación de obligaciones para apoyar a las MIPYMES y unidades productivas afectadas por la crisis energética. Se revisarán sus obligaciones financieras y se ofrecerán beneficios tributarios si están registradas en el Ministerio de Producción: Registro Único de MIPYMES (RUM), Registro Único Artesanal (RUA) y Registro Nacional de Emprendimiento (RNE). Se brindarán también apoyos para facilitar el acceso a mercados, asistencia técnica y capacitación, con el fin de fortalecer la sostenibilidad económica de estos sectores.

Capítulo V: Para la aplicación del crédito tributario por no desvinculación laboral, se entenderán como micro, pequeñas, medianas y grandes empresas de la siguiente manera:

Microempresa:

  • Ingresos brutos anuales en 2023: hasta $300,000
  • Incremento de ingresos en 2023 respecto a 2022: más del 10%

Pequeña Empresa:

  • Ingresos brutos anuales en 2023: entre $300,001 y $1,000,000
  • Incremento de ingresos en 2023 respecto a 2022: más del 10%

Mediana Empresa:

  • Ingresos brutos anuales en 2023: entre $1,000,001 y $5,000,000
  • Incremento de ingresos en 2023 respecto a 2022: más del 10%

Gran Empresa:

  • Ingresos brutos anuales en 2022: superiores a $5,000,001
  • Incremento de ingresos en 2023 respecto a 2022: más del 10%

En cuanto a las obligaciones tributarias, se contempla la extinción de las obligaciones del impuesto a la renta de 2022 y 2023 para los contribuyentes del régimen RIMPE – Negocio Popular, así como la condonación de obligaciones tributarias, siempre que el valor total no supere un salario básico unificado.

Capítulo VI: Este capítulo trata sobre la remisión de deudas en el sistema financiero público. Los deudores pueden solicitar la remisión de intereses, gastos judiciales, multas y recargos, suspendiendo los procesos coactivos mientras se valida la deuda. Las entidades financieras públicas definirán normativas específicas para el pago de saldos de capital, considerando montos y plazos adecuados.

Capítulo VII: Finalmente, se regula la condonación de deudas en la banca cerrada, aplicando solo a las deudas no vinculadas y excluyendo los intereses. Las reestructuraciones tendrán un plazo acorde al tiempo restante de la deuda, aplicando la tasa de interés vigente en la normativa.

Si tiene alguna consulta adicional sobre este TAX TIME, estamos a su disposición.