Estimados clientes y amigos:
El Servicio de Rentas Internas (SRI) anunció mediante Boletín No. NAC-COM-25-006 del 7 de febrero de 2025, que ya se encuentra disponible el nuevo formulario de proyección de Gastos Personales para el año 2025, el cual deberán presentar durante el mes de febrero los trabajadores en relación de dependencia que perciban ingresos anuales superiores a USD 12.081,00 y que apliquen gastos personales para reducir su Impuesto a la Renta.
Gastos personales para el año 2025:
- Vestimenta
- Educación
- Alimentación
- Salud
- Vivienda
- Turismo nacional
- Pensiones alimenticias
- Arte y cultura
- Intereses por préstamos quirografarios e hipotecarios contraídos en el sistema financiero nacional
- Sueldos pagados a trabajadores afiliados al IESS, siempre que no estén vinculados a las actividades económicas del contribuyente
- Gastos relacionados con mascotas, los cuales podrán incluirse dentro de los rubros de salud y alimentación
Cargas familiares:
- Padres, cónyuge o pareja en unión de hecho
- Hijos hasta el año en que cumplan 21 años o de cualquier edad en caso de discapacidad, siempre que no perciban ingresos gravados con el Impuesto a la Renta o que, en caso de percibirlos, estos no superen un salario básico unificado (SBU) anual, equivalente a USD 470
En ningún caso dos o más contribuyentes podrán considerar a una misma persona como carga familiar.
Cálculo para la rebaja por gastos personales:
La rebaja será equivalente al 18 % del menor valor entre los gastos personales declarados y el valor de la canasta familiar básica del año 2025 (USD 798,31), multiplicado por la cantidad de canastas que le corresponda, según el número de sus cargas familiares, de acuerdo con la siguiente tabla:
Cargas familiares | No. de canastas familiares básicas (n) | Límite máximo de gastos personales CFB x n (USD) | Límite máximo rebaja GP –18% (USD) |
0 | 7 | 5.588,17 | 1.005,87 |
1 | 9 | 7.184,79 | 1.293,26 |
2 | 11 | 8.781,41 | 1.580,65 |
3 | 14 | 11.176,34 | 2.011,74 |
4 | 17 | 13.571,27 | 2.442,83 |
5 o más | 20 | 15.966,20 | 2.873,92 |
Personas con o a cargo de personas con enfermedades catastróficas raras y/o huerfanas | 100 | 79.831,00 | 14.369,58 |
Cualquier consulta adicional respecto del presente TAX TIME, no dude en contactarnos.