Estimados clientes y amigos:

El 03 de febrero de 2025, el Servicio de Rentas Internas actualizó el Formulario 104 para declaraciones de IVA mensuales y semestrales, incorporando 3 nuevos casilleros:

  1. Casillero 565 – IVA no considerado como crédito tributario por factor de proporcionalidad

Este valor corresponde a la diferencia entre el crédito tributario según el factor de proporcionalidad y el IVA pagado. Este monto podrá considerarse como gasto deducible en la declaración del Impuesto a la Renta.

  • Casillero 624 – IVA pagado y no compensado, en la adquisición local o importación de bienes o servicios que se carga al gasto de Impuesto a la Renta.

Este casillero se incluirá en la sección correspondiente al resumen impositivo del Formulario 104. Su finalidad es permitir que el contribuyente distribuya su crédito tributario, tanto como crédito que se traslada al mes siguiente como el monto que será considerado como gasto deducible en la declaración del Impuesto a la Renta.

  • Casillero 625 – Ajuste del crédito tributario del Impuesto al Valor Agregado superior a cinco (5) años.

Este casillero reflejará el valor del crédito tributario de IVA prescrito, conforme al artículo 66 de la Ley de Régimen Tributario Interno, una vez transcurridos los cinco años establecidos para su utilización.

Cualquier duda adicional respecto del presente TAX TIME no dude en contactarnos.