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Ponemos a su consideración las noticias jurídicas actuales relevantes suscitadas en el país.

El COE Metropolitano nacional por medio de reunión virtual la noche del martes de 18 de enero, considerando el aumento exponencial de contagios por COVID-19, se ha decidido declarar al Distrito Metropolitano de Quito en ALERTA ROJA, en conformidad con las decisiones tomadas y en función de disminuir el índice de contagios, las autoridades del COE ordenan las siguientes medidas:

  • Quedan suspendidas las actividades de discotecas, centros de tolerancia, centros de diversión nocturna, centros de entretenimiento y gimnasios que realizan actividades de contacto.
  • El aforo permitido para centros comerciales, patios de comidas, centros comerciales, mercados, agencias bancarias y corporativas es del 50%.
  • Los restaurantes tendrán un aforo del 50% al interior y un 60% al exterior.
  • Cines y teatros tendrán un aforo permitido del 30%.
  • Gimnasios que no cuenten con actividades de contacto (Artes Marciales), tendrán un aforo permitido del 50%.
  • Auditorios, centros de convenciones y/o alojamientos turísticos para actividades académicas o turísticas tendrán un aforo interior del 50% y al exterior del 75%.
  • Auditorios, centros de convenciones y/o alojamientos turísticos para actividades de carácter social, tendrán permitido un aforo interior del 50% y al exterior del 75%.
  • El Pico y Placa se mantiene en las mismas condiciones.

 Cualquier duda adicional general o respecto del presente LEGAL TIME poner bajo nuestro conocimiento para absolverla a la brevedad posible.

MGR-EC MUÑOZ, GUERRA & ROBLES CONSULTORES & AUDITORES

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