Mediante Resolución 205- 2019, el pleno del Consejo de la Judicatura resolvió aprobar el calendario de vacaciones para las y los servidores de las dependencias judiciales a nivel nacional, en donde consta que del 1 al 15 de agosto de cada año tendrán vacacionales las y los servidores judiciales de la sierra y oriente de nuestro país.

Para el efecto, las y los jueces y tribunales, en cada causa, dictarán las providencias pertinentes para la suspensión de términos por efecto de uso de vacaciones de los servidores.

Esta resolución no aplica para los servidores judiciales en materias como penal, familia, mujer, niños y adolescencia, violencia contra la mujer y miembros del núcleo familar, transito, adolescentes infractores y garantías penitenciarias.

Cualquier duda adicional general o respecto del presente LEGAL TIME poner bajo nuestro conocimiento para absolverla a la brevedad posible.

MGR-EC MUÑOZ, GUERRA & ROBLES CONSULTORES Y AUDITORES