Estimados clientes y amigos:

La Asamblea Nacional con 109 votos afirmativos del Pleno, este 16 de junio del 2022, aprobó un proyecto de Ley que deroga casi en su totalidad la Ley Humanitaria que fuera emita en junio del año 2020 en el marco de la crisis sanitaria por el COVID-19.

La Ley Humanitaria al momento de su expedición incluyó reformas laborales, entre las cuales destacaban la flexibilización de las jornadas para los trabajadores a través del “contrato emergente”.

En el proyecto de ley que deroga a la Ley Humanitaria, existe reformas en diferentes cuerpos legales y disposiciones, entre las más importantes tenemos las siguientes:

  • En el Código de Trabajo, la normativa incluye una disposición que determina que todas las personas contratadas bajo la modalidad de “contrato emergente” que, a la fecha de entrada en vigor de esta ley, hayan superado los 90 días del período de prueba, tendrán un contrato indefinido.
  • En la Ley de Servicio Público existen reformas que establecen beneficios para los médicos que trabajaron durante la pandemia.
  • En el Código Monetario existen reformas que disponen que, las entidades del sistema financiero deberán efectuar acuerdos con sus clientes para reprogramar, refinanciar y suspender el cobro de cuotas impagas generadas por cualquier tipo de obligación crediticia adquirida entre el 16 de marzo de 2020 y el diciembre del 2021.

En este mismo sentido, se añaden disposiciones para la reprogramación de pago de cuotas de seguros, y por obligaciones con entidades, y la condonación de intereses de mora para los actuales deudores con entidades del sistema financiero público o privado.

  • En la Ley para el Fomento Productivo, existen reformas en las que se incorporan normas para los contribuyentes que solicitaron la facilidad de pago con remisión e incumplieron con una o más cuotas de las establecidas. Dicha falta de pago no se podrá considerar como incumplida.

El presidente Guillermo Lasso tendrá 30 días para el análisis y aprobación del proyecto de ley de derogatoria a la Ley Humanitaria, o realizar observaciones. En caso de que el Ejecutivo vete el proyecto de Ley, la Asamblea decidirá si ratifica su texto original o se allanan a las observaciones del Presidente.

Cualquier duda adicional general o respecto del presente LEGAL TIME poner bajo nuestro conocimiento para absolverla a la brevedad posible.

MGR-EC MUÑOZ, GUERRA & ROBLES CONSULTORES Y AUDITORES

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