En MGR te mantenemos actualizado y queremos que aproveches las oportunidades que se han dispuesto por parte del Ministerio del Trabajo.
El Ministerio del Trabajo, dispuso mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-200 este 22 de octubre de 2024, expedir el procedimiento para el registro de acuerdos de modificación de jornada laboral (pico y placa eléctrico) al tenor de los siguientes puntos:
Tomando en cuenta la crisis energética que está sufriendo el país, previo acuerdo entre Empleador y Trabajador, podrán pactar su jornada laboral de la siguiente manera:
- Jornada de 7h00 a 17h00 (10 horas diarias) aplicables para los días lunes, martes, miércoles y jueves.
- Jornada de 7h00 a 17h00 (10 horas diarias) aplicables para los días jueves, viernes, sábado y domingo.
Ten en cuenta que las jornadas laborales no podrán exceder las cuarenta (40) horas SEMANALES. En caso de superarse, de conformidad al art. 55 del Código del Trabajo (CT), deberán cumplirse con los pagos de horas suplementarias o extraordinarias.
Así mismo, los trabajadores que pacten esta modificación del horario de la jornada laboral, tendrán derecho a un día de descanso adicional a las cuarenta y ocho (48) horas consecutivas de descanso que ya se encuentran establecidas en el CT.
¿Cómo se registra el acuerdo de la jornada?
El empleador deberá realizar por escrito dicho acuerdo y registrarla en el Sistema Único de Trabajo (SUT).
- ¡IMPORTANTE!
- El empleador tendrá 30 días desde la suscripción del acuerdo para registrar el mismo.
Terminación:
- Fin de la crisis energética. Una vez terminada la emergencia del sector eléctrico nacional, los convenios entre trabajador y empleador se darán por terminados y se restablecerá la jornada pactada en el contrato de trabajo.
- Por acuerdo entre las partes.
Recuerda que el trabajador podrá denunciar cualquier anomalía o incumplimiento a la jornada pactada en atención a este Acuerdo Ministerial.
Si tienes dudas o deseas denunciar alguna anomalía o incumplimiento de carácter laboral, contáctate con MGR.