TAX TIME No. 10-2026

Estimados clientes y amigos:

Mediante Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0017-RE, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, actualiza la tasa del 50% por servicio aduanero por concepto de control aduanero a las mercancías que ingresen desde Colombia.

A continuación, las principales consideraciones:

Tasa del 50% sobre el valor en aduana
AplicaciónPersonas naturales o jurídicas que importen mercancías provenientes u originarias de Colombia.
Base para cálculo de la tasaLa tasa del 50% se calculará sobre el valor en aduana de las mercancías que provengan o que sean originarias de la República de Colombia.
Importaciones no sujetas a la tasaNo aplica a ciertos regímenes especiales (admisión temporal, tránsito, reembarque, etc.), importaciones petroleras y energéticas, ni a sujetos sin obligación de presentar declaración aduanera.
Tarifa 0%Mercancías que tienen tarifa 0%, sin generar documento de cobro:
a) Efectos personales de viajeros, b) Menajes de casa y equipos de trabajo, c) Asistencia humanitaria por emergencia o desastre, d) Importaciones del Estado y sector público, e) Donaciones del exterior con fines sociales, f) Féretros o restos humanos, g) Muestras sin valor comercial, h) Inmunidades y franquicias diplomáticas, i) Insumos y vehículos para personas con discapacidad, k) Fluidos, tejidos y órganos humanos, l) Bienes del Patrimonio Cultural del Estado, m) Desperdicios destruidos de regímenes especiales, o) Bienes de capital y materias primas con contrato de inversión.
Liquidación y cobroLa tasa la liquida el SENAE y la cobra el SRI
Pago de la tasa– El SRI debe notificar al SENAE la confirmación del pago de la tasa por control aduanero.

– En casos de control concurrente, la confirmación del pago autoriza la salida de mercancías, sin perjuicio del cumplimiento de otras formalidades aduaneras.

– La declaración sustitutiva conforme al artículo 145 del COPCI genera el pago de tributos, incluyendo la tasa por control aduanero que se determine.

La presente Resolución entró en vigencia a partir del 01 de marzo de 2026.

Si tiene alguna consulta adicional sobre este TAX TIME, estamos a su disposición.