Estimados clientes y amigos:

Ponemos a su consideración las noticias jurídicas actuales relevantes suscitadas en el país.

  • El Servicio de Rentas Internas por medio de resolución No. NAC-DGERCGC21-00000053, con la finalidad de establecer el valor anual de exoneraciones del ISD por consumos o retiros realizados desde el exterior, señala:

Para los ejercicios fiscales de 2022, 2023 y 2024, la exoneración del Impuesto de Salida de Divisas, cuando se genere a partir del uso de tarjetas de crédito o débito por consumo o retiros de dinero desde el exterior, aplica respecto del monto anual equivalente de USD 5.901,79 de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor.

  • El Servicio de Rentas Internas por medio de resolución No. NAC-DGERCGC21-00000055, con la finalidad de establecer las tarifas especiales del Impuesto a Consumos Especiales (ICE), señala:

El para calcular las tarifas específicas dentro del periodo fiscal 2022 del ICE se encuentran especificadas en el art. 82 de la Ley de Régimen Tributario Interno.

Las gaseosas y bebidas no alcohólicas que contengan más de 25 gramos de azúcar por litro será de 0,18 centavos por gramo adicional.

Respecto fundas de plástico, se calculará según lo disponga la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria. Para el 2022 se encuentra una tarifa vigente de 0,08 centavos.

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